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Crecen un 81% las viviendas de alquiler destinadas a estudiantes

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Las viviendas en alquiler en Madrid han crecido un 81% en lo que va de año con respecto a todo 2015, mientras que en Barcelona lo han hecho un 77%. Los resultados muestran el incremento de anuncios experimentado en Uniplaces.es, servicio de reserva de alojamiento para estudiantes, que se acercan ya a los 9.000 alojamientos en Madrid y superan los 5.000 dormitorios en Barcelona.

Para Joaquín Mencía, CEO de Uniplaces en España "este incremento refleja una tendencia creciente entre los propietarios de viviendas que prefieren buscar alquileres a medio plazo para garantizarse una renta durante más tiempo".

Mencía añade que "de hecho, el porcentaje medio de crecimiento mensual de anuncios ronda el 6% en la capital y el 5% en la ciudad condal, lo que supone que el mercado de viviendas en alquiler para estudiantes se consolida entre los dueños de viviendas".

En Madrid y Barcelona, el precio medio que más buscan los inquilinos se sitúa en torno a los 350 euros y 400 euros. Mientras que las viviendas más populares entre quienes alquilan en la capital son las de tres habitaciones, que las solicita el 28.2%, seguidas de cerca por aquellas residencias que disponen de más de cinco dormitorios, preferidas por el 27%.

Por su parte, en la ciudad condal los hogares que más se reclaman son los de tres y cuatro habitaciones (37% y 27%, respectivamente).

http://www.elmundo.es/economia/2016/10/27/5811dd84e2704e88318b46a0.html

Los 15 derechos de los propietarios en las comunidades de propietarios

Hoy queremos compartir con vosotros un excelente artículo de Juan Rodríguez Baeza para comunidades.com, que versa sobre los derechos de los propietarios en las comunidades de propietarios; merece la pena leerlo!

Los derechos de los propietarios en las comunidades de propietarios se establecen en la Ley de Propiedad Horizontal y son poco conocidos. Quizás se deba a que las comunidades de propietarios tienen mala prensa, y con demasiada frecuencia los propios comuneros solo tienen en cuenta los aspectos negativos de vivir en comunidad, e incluso algunos piensan que lo único que se espera de ellos es que paguen la comunidad. Pero no todo son obligaciones en la Ley de Propiedad Horizontal. Repasando la LPH actualizada en junio de 2013, encontramos casi tantos derechos como artículos: hasta 15 distintos que, en su contenido vigente, se reconocen a los propietarios.

En un primer grupo de derechos de los propietarios, relacionados con el uso del edificio, podemos enumerar los siguientes:

1) Derecho singular y exclusivo de propiedad sobre un espacio suficientemente delimitado y susceptible de aprovechamiento independiente, tal y como lo define el artículo 3.a.
2) Simultáneamente, en virtud de su copropiedad con los demás dueños de pisos o locales, los propietarios tienen un derecho de uso y disfrute sobre los elementos y servicios comunes, compartido con los demás copropietarios, según establece el párrafo b) del artículo 3.
3) Ligado a los dos anteriores, también tienen derecho a modificar los elementos arquitectónicos e instalaciones de su propiedad, sin alterar los elementos comunes ni perjudicar a otro propietario, y dando cuenta a la comunidad de dichas obras con antelación, de acuerdo con el artículo 7.
4) En caso de que algún vecino desarrolle actividades prohibidas en los estatutos o dañosas para la finca, cualquier propietario puede ejercer su derecho a requerir, a través del Presidente, al causante de las actividades molestas para que cese de inmediato en las mismas, según el artículo 7.2.
5) Los propietarios están obligados a permitir en su propiedad las servidumbres requeridas para la realización de obras en los elementos comunes, y por ello tienen el derecho de resarcimiento de los daños y perjuicios que pudieran causarse por alguna obra comunitaria, conforme al artículo 9.1.c.
6) Desde la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal introducida por la Ley 19/2009 de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios, los propietarios pueden ejercer su derecho a instalar un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en su plaza individual de garaje, comunicándolo previamente a la comunidad y asumiendo el coste de su instalación, en base al artículo 17.5.
7) Uno de los derechos fundamentales, regulado en su artículo 13 es el derecho a elegir y a ser elegido para ejercer alguno de los cargos de representación de la comunidad, en base al sistema que se haya establecido en la misma.
Hay otro importante conjunto de derechos en relación con las Juntas de comunidad:

8) Por una parte se recoge el derecho a asistir, votar o delegar el voto en las Juntas de comunidad, en las condiciones que se fijan en el artículo 15. Lógicamente, también gozan del derecho a no asistir y a no votar.
9) Relacionado con éste, los propietarios pueden utilizar su derecho a convocar, junto con otros propietarios que representen conjuntamente al menos el 25%, una Junta extraordinaria de la comunidad (artículo 16).
10) Uno de los más útiles y desconocidos es el derecho a proponer temas de interés para incluir en el orden del día de la siguiente Junta de Comunidad, que se recoge en el artículo 16.
11) Los propietarios ausentes de una Junta pueden utilizar el derecho a manifestar su discrepancia con los acuerdos adoptados considerando favorables los votos de los ausentes de la Junta, dentro de los 30 días naturales siguientes al de recibir la notificación (artículo 17.8).
12) Todos los propietarios tienen derecho a impugnar los acuerdos contrarios a la Ley o a los estatutos, lesivos para la comunidad o perjudiciales para algún propietario, en aplicación del artículo 18.1.
13) A todos los propietarios, asistentes o no a las Juntas, les corresponde el derecho a recibir las actas de las Juntas de comunidad, en los plazos y domicilio que fija el artículo 19.
Y aún queda otro par de derechos de los propietarios, reconocidos por la LPH vigente a todos los comuneros:

14) El derecho a no contribuir a los gastos de mejoras no exigibles cuyo importe exceda del 25% del presupuesto anual, que se detalla en el artículo 17.4.
15) Y el derecho a oponerse a la ejecución subsidiaria de las deudas comunitarias que un acreedor comunitario le requiera por la parte que con arreglo a su cuota le corresponda en el importe insatisfecho. Para ello, el artículo 22 exige que acredite estar al corriente en el pago de las deudas vencidas con la comunidad.

Precauciones a tomar en la compra de una vivienda sobre plano

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La compra de una vivienda sobre plano puede ser una buena oportunidad, que puede llegar a convertirse en una pesadilla si no se toman las decisiones correctas. Adquirir una casa en la fase inicial del proyecto suele suponer un ahorro sobre el precio al que se venden las últimas unidades cuando la promoción ya está concluida. Una rebaja que rondaría el 4%, según manifiestan varios promotores.

Además de ser más económica, la fórmula de pago también suele ser más atractiva, ya que permite abonar un 20% del precio en cuotas mientras se construye la promoción, para pedir una hipoteca por el 80% restante, porcentaje máximo que la banca suele financiar. Otra ventaja de la compra sobre plano es la posibilidad -que ya ofrecen casi todos los promotores- de personalizar la vivienda, tanto en tipología como en calidades, al gusto del comprador.

Pero no todo son ventajas. El hecho de realizar la inversión económica más elevada que una familia afronta en su vida sobre un producto que no puede ver ni tocar es también una decisión que entraña ciertos riesgos. Para que la compra no se base en una cuestión de fe ciega, conviene tomar ciertas cautelas y tener en cuenta algunos aspectos.

http://www.elmundo.es/economia/2016/10/21/58090214ca4741c01f8b4592.html

Empieza la colocación del acerado en Capitulares

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La adjudicataria de la reforma de la calle Capitulares, la unión temporal de empresas formada por Sitesur y Sepisur XXI, ha empezado a colocar el acerado que lucirá esta vía. La instalación de losas se está produciendo en la parte más próxima a la calle Rodríguez Marín. Tras la reforma que convertirá Capitulares en una calle peatonal, el pavimento de esta vía combinará piedra natural de varios tonos. Las losas serán de mármol Sierra Elvira gris, mármol cenia en tono ocre y piedra negra de Córdoba.

Hace justo un mes, empezaba la colocación del pavimento en uno de los extremos de Capitulares, en la confluencia de las calles Alfaros y San Pablo, tras concluir las demoliciones de la calzada y acerado que tenía Capitulares. La idea del Ayuntamiento es tener acabados cuanto antes los dos extremos de la calle para poder iniciar la segunda fase de la obra, en la que se recuperará la circulación del transporte público.

La reforma de la calle Capitulares está incluida en el Plan Turístico de Grandes Ciudades y empezó el 8 de agosto, por lo que lleva ya casi tres meses. La reforma cuenta con un plazo de ejecución de seis meses, que concluye en febrero. 

Urbanismo controlará la ocupación de la vía pública por los comercios

La Gerencia de Urbanismo controlará también la ocupación de la vía pública por otros negocios distintos a la hostelería, como son las fruterías, bazares o tiendas que colocan elementos en la calle. Ese es uno de los acuerdos alcanzados ayer en la mesa de veladores, que se reunió en el Ayuntamiento sin la presencia de Hostecor, Córdoba Apetece y Comercio Córdoba, que han decidido salirse de la misma al no estar conformes con la manera en la que está actuando el organismo municipal. Otra de las decisiones importantes es que el control de veladores se extenderá a otras zonas como La Victoria/Puerta de Almodóvar, Capitulares/Diario de Córdoba, San Hipólito/plaza del Escudo, la Ribera, avenida del Aeropuerto, y Antonio Maura.

Tras la reunión, el presidente de Urbanismo, Pedro García, dejó claro que el acuerdo alcanzado en la anterior reunión, que fue en junio, en la que sí estuvieron todos los colectivos y que destacaron el frente común que hacían a los veladores, «es válido» pero hay que darle «mayor ritmo». Del encuentro de ayer salió también la demanda de «más inspección de la Gerencia de Urbanismo y de la Policía Local», lo que exigirá una reestructuración del equipo de inspección del organismo municipal para «que tenga más eficiencia», así como la necesidad de «una reforma fiscal en torno a los diferentes tramos de veladores que tenga un negocio» para que paguen en función del número. Otra idea es premiar «a los que cumplen» con fórmulas como la colocación de una pegatina en la puerta.

http://www.diariocordoba.com/noticias/cordobalocal/urbanismo-controlara-ocupacion-via-publica-comercios_1089432.html

Sareb ingresa 362 millones de euros por la venta de inmuebles durante este año

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La Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb) ha ingresado durante el primer semestre del año 362 millones de euros por la venta de inmuebles, entre viviendas, suelo y activos terciarios. La entidad ha vendido en el primer semestre de este año cerca de 6.000 inmuebles, que suman ya 40.000 operaciones, ha explicado hoy en rueda de prensa el director de comunicación de Sareb, Francisco González, durante el encuentro de trabajo que Sareb ha mantenido con promotores andaluces en Málaga.

González ha destacado que desde el 2012 se han gestionado 33.000 propuestas de promotores en activos inmobiliarios y financieros -5.600 durante este semestre-, y además se ha reducido la cartera de Sareb en 8.500 millones de euros y ha ingresado 14.000 millones, lo que ha permitido amortizar su deuda. También ha explicado que Andalucía supone el 12 por ciento de los activos, que se reparten fundamentalmente donde estaban las cajas de ahorro que fueron rescatadas, como la costa mediterránea -Cataluña, Valencia y Andalucía- y Madrid.

http://www.diariosur.es/economia/vivienda/201610/19/sareb-ingresa-millones-euros-20161019163817-rc.html

El Ayuntamiento desoye al Defensor del Pueblo Andaluz en las quejas por el ruido de los bares

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El Ayuntamiento de Córdoba ha desatendido hasta en cuatro ocasiones las comunicaciones realizadas por el Defensor del Pueblo Andaluz en materia de ruidos de bares. Esta institución ha publicado recientemente el estudio La contaminación acústica provocada por la emisión de música no autorizada en establecimientos de hostelería. Incidencia en los derechos constitucionales de la ciudadanía, un documento en el que analiza la situación en la comunidad autónoma y la respuesta que los consistorios municipales han dado a la resolución que les ha enviado. El de Córdoba ha sido uno de los 23 de la provincia que han desoído al Defensor. En cambio, sí han respondido el 70% de los municipios de la provincia y ha aceptado su resolución el 99%. La respuesta de Santa Eufemia ha sido calificada como otras.

http://www.diariocordoba.com/noticias/cordobalocal/ayuntamiento-desoye-defensor-pueblo-andaluz-quejas-ruido-bares_1088438.html

 

Promoción Gestcomsol

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